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El Manual de Procedimientos para las Instituciones
Educativas Privadas, emitido por el Ministerio de Educación para regular la
instalación de los colegios privados fue modificado y corresponderá a la
alcaldía correspondiente emitir una carta de no objeción al uso de suelo, en
vez de las juntas de vecinos, en la comunidad donde se haga la solicitud.
El documento, que fue publicado el viernes de la semana
pasada en la página web del Minerd, indicaba que las juntas de vecinos debían
aprobar la instalación del centro educativo en el sector de la ciudad o en las
provincias del interior, o para un cambio de dirección.
Los demás requisitos se mantienen y son un certificado de
nombre comercial, expedido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial
(Onapi), el formulario de evaluación de los aspectos generales del desempeño
institucional de un centro educativo privado; copia del informe de resultados
de la evaluación que realizó el equipo técnico distrital y una ficha de
Apertura y Asignación de Código de Planteles y Centros Educativos que emitirá
el Sigerd. También deberán presentar un Proyecto Educativo de Centro (PEC).
Anteriormente, la solicitud se presentaba a la Dirección de
Acreditación de Centros Educativos (DACE), vía distrito educativo, con seis
meses de anticipación y el o la persona interesada en instalar un colegio debía
tener la disponibilidad para la evaluación del proyecto y/o institución.
La guía tiene el propósito de orientar el accionar de estas
entidades desde los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación y
que modifica los procesos para que se pueda instalar un colegio en la República
Dominicana.
Señala que los centros educativos privados, como organismos
que colaboran con el Estado para proporcionar educación de calidad y cantidad
suficientes deben recibir el apoyo y la colaboración de las instancias oficiales,
como lo establece el artículo 3, literal b, de la Ordenanza 4-2000, emitida por
el Minerd.
(Diario Libre)