Header Ads

Poder Ejecutivo somete proyecto de amnistía fiscal, así como revisar prescripción de deudas

Editora



Nacional I RD

 El Poder Ejecutivo sometió al Congreso Nacional un proyecto de ley con el que busca establecer un tratamiento especial transitorio hasta el 20 de diciembre de 2023, que permita declarar prescritas de oficio las deudas tributarias que cumplan con determinados requisitos, al tiempo de instaurar un procedimiento abreviado de fiscalización, facilidades de pago y amnistiar deudas tributarias estatales.

El marco legal dominicano se aplicaría a las personas físicas y jurídicas, los entes estatales, aquellos sin personería jurídica y las sucesiones indivisas que presenten situaciones particulares.

El Poder Ejecutivo presentó el Proyecto de ley que instaura un tratamiento especial transitorio de fiscalización, gestión y recuperación de deuda tributaria al presidente de la Cámara de Diputados el pasado 30 de junio.

En este propone declarar prescritas todas las deudas por concepto de obligaciones tributarias declarativas que estén transparentadas en la cuenta corriente del contribuyente al momento de la publicación de dicha ley, correspondientes a los ejercicios y periodos fiscales anteriores al 2015, inclusive, respecto de los impuestos sobre la renta (ISR), sobre transferencias de bienes industrializados y servicios (ITBIS), selectivo al consumo (ISC), sobre activos (ISA), al patrimonio inmobiliario (IPI), a las zonas francas y a los juegos de azar.

En la propuesta se dispone un mecanismo de aplicación especial de la prescripción de oficio. Consiste en que durante el plazo de vigor de la ley, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) efectuará cuatro barridas tecnológicas el último día de cada mes, contado a partir del mes de la promulgación. 

Posterior a cada barrida y en un plazo no mayor de cinco días hábiles, la DGII deberá enviar al contribuyente, a través de la Oficina Virtual, una certificación donde conste la aplicación de la prescripción de oficio, indicando periodos y ejercicios fiscales beneficiados, así como los montos. 

En la propuesta se indica que en los últimos años se ha evidenciado que las instituciones del Estado han efectuado retenciones y dejado de presentarlas y pagarlas ante la Administración Tributaria.

Se observa que en el devenir de los años la deuda fiscal acumulada por las retenciones realizadas y no pagadas oportunamente a la Administración Tributaria "se ha convertido en una deuda de tal magnitud, que imposibilita a dichas instituciones asumir su pago bajo las condiciones presupuestarias existentes".

Con base en esto, "se identifica una necesidad imperiosa de declarar una amnistía fiscal para el sector público que lo liberará del pasivo acumulado a la fecha" de 1 de agosto del 2020, por concepto de las retenciones en los renglones del ISR e ITBIS. 

Fuente: Diario Libre

#buttons=(Accept !) #days=(20)

Nuestro sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia.Learn More
Accept !